domingo, 9 de marzo de 2014

¿Contratar un ASESOR o llevar los papeles siendo autónomo??

Te contamos los pros y contras de llevar por tu cuenta la gestión de tus obligaciones con Hacienda, la conveniencia en la mayoría de los casos de contratar un asesor y las pocas situaciones en las que entendemos que como autónomo puede ser interesante que asumas directamente tu gestión fiscal.

Cada vez son más los autónomos que en vista de las limitaciones económicas que impone  crisis y de las posibilidades que brinda internet, deciden prescindir de contratar a  un asesor y asumir por su cuenta las tareas de presentación de impuestos e incluso contratación de trabajadores.
Es una decisión que tiene sus pros y contras.

A FAVOR 
Están fundamentalmente el ahorro económico que supone y las nuevas posibilidades que han llegado con la nube, con un conjunto de soluciones de gestión online que permiten una opción intermedia entre dejar todos los papeles en manos del asesor y hacerlo todo uno mismo.

EN CONTRA de llevar los papeles uno mismo hay varios argumentos de peso:

  • El tiempo que consume, que puede ser bastante cuantioso al principio.
  • El esfuerzo para asimilar nuevos conocimientos y estar al tanto de posibles novedades.
  • El ahorro económico que, por diferentes vías (fiscales, financieros, estudios de costes, laborales, …) se puede obtener contratando un profesional.
  • El riesgo de cometer errores sancionables económicamente.
  • Un asesor es un experto que nos aporta una visión externa y objetiva, basada en su experiencia con un amplio número de empresas y sectores.
  • El coste de oportunidad, al dedicar tu tiempo a tareas administrativas en lugar de aquellas que realmente van a hacer crecer tu negocio: vender y producir.
  • Y otras muchas, ....


Por ello, en KOMPTA CONSULTORIA Y OUTSOURCING  recomendamos dejar esta gestión en manos de profesionales especializados. De hecho, el simple trámite de darse de alta como autónomo, el registro de la contabilidad o las declaraciones anuales de la renta pueden ser procesos en los que nos venga muy bien la ayuda de un experto.

No obstante entendemos que hay algunas situaciones en las que puede ser razonable llevar directamente los papeles:

  • Ausencia de personal contratado
  • Bajo número de facturas emitidas y recibidas, lo que facilita la gestión de la contabilidad
  • Actividades exentas de IVA y de presentar las correspondientes declaraciones trimestrales (modelo 303).
  • Profesionales autónomos que practican retenciones en sus facturas y están exentos de la declaración trimestral de IRPF (modelo 130) 
  • Autónomos con experiencia de años que han aprendido el funcionamiento de sus declaraciones.


Aun así, en estos casos es recomendable disponer de ciertos conocimientos de contabilidad y fiscalidad y de soltura en internet para manejarse por la web de Hacienda, utilizar sus programas y certificados electrónicos y apoyarse en un software online de gestión o en una buena hoja de cálculo.
Y si vas a contratar a un trabajador no dudes en ponerte en manos de un asesor laboral, al menos los primeros meses, ya que se trata de un ámbito en el que la gestión propia resulta más complicada debido en buena parte al funcionamiento de la Seguridad Social y del sistema Red.

En KOMPTA te hacemos un presupuesto sin compromiso y desde 30 euros al mes.

Modesto Romero
KOMPTA CONSULTORIA Y OUTSOURCING


                              


Que deducciones puedo aplicar para la RENTA 2014?

Las deducciones son la sal y la pimienta de la declaración de la renta. Son las que permiten reducir la factura fiscal y que efectivamente terminemos pagando menos a Hacienda. Tener claras las deducciones que podemos aplicar en el IRPF nos permitirá ahorrar hasta 1.952 euros en la declaración de la renta si nuestro salario ronda los 30.000 euros y 1.350 euros para las rentas inferiores.
En este artículo vamos a repasar las deducciones de la renta para 2014 para que podáis tomar ventaja y recudir al máximo la factura con Hacienda. Eso sí, después no hay que olvidarse de aplicarlas a la hora de rellenar la declaración de IRPF. ¡Vamos a verlas!
Deducción por vivienda habitual
Pierde importancia pero todavía está disponible en el IRPF 2014 para quienes compraron su casa antes del 1 de enero de 2013. Los afortunados propietarios podrán desgravar un 15% de las cantidades aportadas para la compra  de vivienda sobre una base máxima de 9.040 euros, lo que equivale a 1.356 euros al año.
También estará disponible la deducción por rehabilitación de vivienda siempre que las obras comenzasen antes del 1 de enero 2013 y finalicen en un plazo no superior a dos años a contar desde entonces. Se podrán desgravar las cantidades abonadas en cada ejercicio.
Deducción por alquiler de vivienda habitual
Los inquilinos podrán desgravar el alquiler que pagan en dos tramos: uno estatal y otro autonómico. Esto quiere decir que existe un primer tramo que se aplica en todo el territorio nacional la que después se sumarán las deducciones autonómicas, que, en caso de haberlas, se aplicarán en la parte autónomica del IRPF.
La deducción estatal supone un 10,05% sobre una base máxima de 9.040 euros y sólo estará disponible para las rentas inferiores a los 24.000 euros. Se trata de una deducción progresiva, de forma que sólo las rentas más bajas, que son las inferiores a 12.000 euros. A partir de esa cantidad, la base imponible va reduciéndose hasta llegar a cero en los citados 24.000 euros.
Las deducciones autonómicas depende de cada comunidad, que puede establecer sus propios criterios de acceso.
Deducciones por donativos
Se puede deducir el 10%, 20% o 30% de las cantidades que se hayan invertido en entidades sin ánimo de lucro, actividades de mecenazgo y otras donaciones contempladas por entidades autorizadas por la ley. El porcentaje concreto que podremos deducir dependerá del tipo de organización y la actividad que lleve a cabo. Entre las cantidades deducibles figuran tanto las aportaciones extraordinarias como la cuota de socio.
Deducción por nacimiento de hijos y madres trabajadoras
Para las madres trabajadores existe una deducción de 100 euros mensuales durante los primeros 36 meses de vida del bebé ,siempre y cuando los progenitores trabajen por cuenta ajena. Es decir, que los trabajadores autónomos no podrán beneficiarse de esta deducción. La cuantía de 1.200 euros al año se puede cobrar de forma anticipada como una renta de 100 euros mensuales o hacerlo a través del IRPF.
Deducción por actuaciones para la protección del Patrimonio Histórico Español y el Patrimonio Mundial
Permite deducir el 15% de las inversiones o gastos para la adquisición de bienes del Patrimonio Histórico Español que estuviesen fuera de nuestras fronteras, conservación, reparación, restauración, difusión y exposición de los bienes de su propiedad que estén declarados de interés cultural y la rehabilitación de edificios. En cualquier caso la cantidad a desgravar no podrá ser superior al 10% de la base liquidable.
Deducción por planes de pensiones
La fiscalidad de los planes de pensiones permiten en realidad reducir la base imponible del IRPF. La cifra concreta dependerá de las cantidades aportadas, para las que existe un tope en función de la edad del contribuyente. En este sentido, los menores de 50 años podrán deducir la menor de las siguientes cantidades: 10.000 euros (aportación máxima que pueden realizar) o el 30% de sus ingresos; y los  mayores de 50 años podrán deducir la menor de las siguientes cantidades: 12.500 euros o el 50% de sus ingresos.

A estas deducciones hay que sumar las de carácter empresarial, que incluyen las deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial en actividades económicas en estimación directa y las de estimación objetiva, así como la deducción por cuenta ahorro-vivienda.

Modesto Romero
KOMPTA CONSULTORIA Y OUTSOURCING


miércoles, 5 de marzo de 2014

NUEVO REGLAMENTO DE FACTURACIÓN - RECORDATORIO

Nuevo Reglamento de Facturación

ÍNDICE
01. Excepciones a la obligación de emitir factura
02. Contenido de la factura ordinaria
03. Sustitución del tique por la factura simplificada
04. Plazo de emisión de la facturas
05. Factura electrónica
DESARROLLO
01. Excepciones a la obligación de emitir factura
Se clarifican los supuestos en los que no hay obligación de expedir facturas en determinadas prestaciones de servicios financieros y de seguros, esto es, cuando las mismas estén sujetas y exentas de IVA, manteniendo la obligación cuando las mismas estén no exentas del impuesto.
02. Contenido de la factura ordinaria
Aunque pocos son los cambios que ha sufrido el artículo 6 en el que se establece el contenido mínimo de la factura, creemos importante su mención.
1. La consignación del domicilio del destinatario de las operaciones es obligatoria aún tratándose de personas físicas que no actúan como empresarios o profesionales
2. No existe obligación de incluir en la factura la referencia normativa o la mención correspondiente a la operación no sujeta al impuesto
3. Será necesaria la mención “facturación por el destinatario”, en los casos en que así ocurra
4. Será necesaría la mención “inversión del sujeto pasivo”, cuando ello ocurra
5. En el caso de aplicación del Régimen Especial de Agencias de Viajes, así como en el caso de aplicación del Régimen Especial de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección, será necesaria la mención indicativa del régimen aplicable
6. Ya no deberá indicarse que estamos ante una copia de factura
7. Se suprimen las menciones relativas a las entregas internas realizadas en las operaciones triangulares
03. Sustitución del tique por la factura simplificada
Se establece un sistema de facturación basado en dos tipos de facturas, la completa u ordinaria y la simplificada. Así, se ha suprimido la posibilidad de emitir documentos sustitutivos a la factura, el tique, el cual ha sido sustituido por la factura simplificada, con un contenido mínimo obligatorio inferior al que se exige para la factura completa u ordinaria, pero superior a las menciones que se exigía en el anterior Reglamento de Facturación para el tique.
En cuanto a cuándo se pueden expedir facturas simplificadas, el artículo 4 del nuevo Reglamento permite expedir facturas simplificadas en los siguientes supuestos:
1. Cuando su importe no exceda de 400,00 €, IVA incluido
2. Cuando deba expedirse factura rectificativa
3. Cuando su importe no exceda de 3.000,00 €, IVA incluido, y documente alguna operación en las que con el antiguo Reglamento era posible la emisión de tique y que se detallan a continuación:
3.1. Ventas al por menor, incluso las realizadas por fabricantes o elaboradores de productos entregados
3.2. Ventas o servicios en ambulancias
3.3. Ventas o servicios a domicilio del consumidor
3.4. Servicios de hostelería y restauración prestados por restaurantes, bares, cafeterías y establecimientos similares, así como el suministro de bebidas o comidas para consumir en el acto
3.5. Servicios prestados por salas de baile y discotecas
3.6. Servicios telefónicos prestados mediante la utilización de cabinas telefónicas de uso público, así como mediante tarjetas que no permitan la identificación del portador
3.7. Servicios de peluquería y los prestados por institutos de belleza
3.8. Utilización de instalaciones deportistas
3.9. Revelado de fotografías y servicios prestados por estudios fotográficos
3.10. Aparcamiento y estacionamiento de vehículos
3.11. Alquiler de películas
3.12. Servicios de tintorería y lavandería
3.13. Utilización de autopistas de peaje
Asimismo, se establecen los casos en los que no es posible la emisión de facturas simplicadas:
1. Entregas intracomunitarias de bienes (artículo 25 de la Ley del IVA)
2. Las entregas de bienes a que se refiere el artículo 68. Tres y Cinco de la Ley del IVA, relativa a ventas a distancia y entregas de bienes objeto de impuestos especiales, que se entiendan realizadas en el territorio de aplicación del impuesto (TAI)
3. Entregas de bienes o prestaciones de servicios realizadas en el TAI, cuando el proveedor del bien o el prestador del servicio no esté establecido, el sujeto pasivo sea el destinatario y la factura sea expedida por éste al estar autorizado por el proveedor o el prestador
4. Proveedor o prestador establecido en el TAI o con establecimiento permanente o el lugar de su domicilio o residencia habitual, a partir del cual se realiza la operación y conforme a las reglas de localización se sitúe fuera del TAI, en los siguientes supuestos:
4.1. Operación sujeta en otro Estado Miembro, el sujeto pasivo sea el destinatario y éste no expida la factura por no estar autorizado por el sujeto pasivo
4.2. Operación se entienda realizada fuera de la Unión Europea
04. Plazo de emisión de las facturas
Se regula en el artículo 11 y recoge algunas modificaciones respecto a la regulación anterior.
La norma general se mantiene, esto es, las facturas deberán ser expedidas en el momento de realizarse la operación.
Los casos en los que no se aplicará la norma general serán los siguientes:
• Si el destinatario es empresario o profesional que actúa como tal, deben expedirse antes del día 16 del mes siguiente a aquél en que se haya producido el devengo del IVA correspondiente a la operación que documenta
• Entregas intracomunitarias de bienes deben expedirse antes del día 16 del mes siguiente a aquel en que se inicie la expedición o el transporte de los bienes con destino al adquirente
05. Factura electrónica
Se establece una igualdad de trato entre la factura en papel y la factura electrónica para que el sujeto pasivo pueda expedir por vía electrónica sin necesidad de que la misma quede sujeta al empleo de una tecnologia determinada.
A destacar que el artículo 9.2 del nuevo Reglamento establece que la expedición de la factura electrónica estará condicionada a que su destinatario haya dado su consentimiento.
Sobre esta cuestión, esto es, la forma en que el destinatario de la factura electrónica debe prestar su consentimiento, ha sido emitido un Informe por la Dirección General de Tributos en el que el criterio interpretativo puesto de manifiesto podría resumirse en los siguientes puntos:
• La aceptación por el destinatario de la factura electrónica se configura como un requisito necesario
• La aceptación, tal y como establece la Comisión Europea en su nota aclaratoria, podrá ser expresa o tácita
• Necesariamente aquel que estuviera recibiendo las facturas en papel deberá haber tenido que ser previamente informado por ese mismo medio por parte del expedidor de que a partir de la fecha en que quede constancia de su aceptación, se procederá a la remisión de facturas en formato electrónico
• Será necesaria la constancia expresa o tácita de que el destinatario ha dado su consentimiento informado a la factura electrónica
• Por último, deberá ser siempre posible la revocación de la aceptación y la comunicación de la misma que podrá realizarse en papel o por medios electrónicos y preferentemente a través del medio en el que el destinatario viene recibiendo las facturas electrónicas






martes, 4 de marzo de 2014

miércoles, 26 de febrero de 2014

¿Cómo y cuándo nace el OUTSOURCING?

El outsourcing nace, como nueva tendencia empresarial, en la década de los años 40 en EE.UU., coincidiendo con la finalización de la segunda guerra mundial. El fenómeno tuvo la siguiente secuencia: después de la guerra las empresas trataron de concentrar por ellas mismas la mayor cantidad posible de actividades, para no depender prácticamente de ningún proveedor, al que poco más y se le veía como un enemigo en la cadena de valor.
Esta estrategia, que en un principio pareció efectiva, con el desarrollo de la tecnología fue siendo cada vez más ineficiente, porque cada compañía no podía ser altamente competitiva en todos los departamentos como sí lo eran las empresas que se especializaban en una sola actividad, con sus consiguientes ventajas como podrían ser por ejemplo la curva de aprendizaje (mucho menor tiempo) o el ahorro de costes por especialización.
Pero no fue hasta la década de los años 70 cuando empezó a resultar verdaderamente importante para las empresas, sobre todo gracias al área de la información tecnológica de las mismas. Siendo innovadoras en el sector empresas grandes como Price Waterhouse, EDS, Kodak o Arthur Andersen. Las compañías empezaron a centrarse en sus actividades principales y que les reportaban valor real (actividades "core") constituyendo el núcleo importante de su negocio.
Desde la década de los 90 esta corriente ha aumentado de manera exponencial, coincidiendo con la revolución informática y las tecnologías de la comunicación. Además si antes el outsourcing se hacía por cercanía geográfica, eso ha cambiado también radicalmente (también a partir de los 90), y ya no se miran fronteras geográficas gracias a la globalización existente y los sistemas de comunicación disponibles hoy día que nos permiten saber qué pasa en cada momento en cada lugar.
Hoy día las empresas priorizan tres aspectos fundamentales para realizar funciones de outsourcingconcentración de los negocios, ahorro de costes y reingeniería de procesos. Todo ello con el mismo fin, ser más eficaces y lo más rentables posibles para obtener un mayor beneficio. Los servicios que hoy en día más se externalizan a otras compañías son la distribución, servicios administrativos y contables,  servicios informáticos, selección y formación de personal, y su propia gestión, la publicidad y el marketing a través de los medios.

Los clientes de Kompta cada vez están más convencidos que acertaron al contratarnos para
reducir costes a nivel general en la empresa. El Outsourcer no sólo permite ahorrar costes de personal sino que, al realizar funciones de estudio de costes de producción, financieros, de reestructuración de personal y otros tantos, permite ahorrar costes a nivel general en la misma.


Modesto Romero
Kompta Consultoría y Outsourcing

lunes, 16 de diciembre de 2013

LOS ERRORES MAS COMUNES EN LA GESTIÓN DE LA TESORERÍA

La gestión de la tesorería dentro de una empresa, cada vez cobra una importancia mayor, puesto que la eficiencia de los procedimientos empleados, supone una incidencia directa en el resultado financiero independientemente de la política de inversión. Para ello, los responsables así como los procesos involucrados, deben seguir unas determinadas directrices.
Lamentablemente, la situación actual con la contracción del crédito y las dificultades de acceso al mismo por parte de empresas y familias, hace que la gestión de la tesorería sea una pieza fundamental de la gestión empresarial, que debe pulir cada una de sus actuaciones. El margen de error y maniobra cada vez es menor, y por lo tanto, cualquier error o fallo en la gestión de nuestro circulante, puede provocar gastos de diversa cuantía para la sociedad. Por ello, es preciso recalcar los errores más comunes que las empresas pasan por alto en la gestión de la tesorería.

1) Falta de previsión.
Es indispensable contar con una previsión de pagos completa, definida y actualizada, que nos aporte la información referente a los compromisos en el corto plazo. El hecho de contar con esta herramienta,evitará que el banco nos cargue conceptos desconocidos o no esperados, y por lo tanto no tendremos que afrontar gastos por descubiertos, intereses de demora o reclamaciones, siempre desagradables.
No debemos confundir la previsión de pagos con el informe de tesorería, puesto que el fin de ambos instrumentos no es el mismo.

2) Cómputo y consideración de las fechas valor.
El hecho de recurrir a los saldos bancarios que el banco nos facilita, ya sea en formato documental o vía banca electrónica, nos aisla de los verdaderos saldos que computan para la liquidación de los intereses de nuestras cuentas. Para ello, es necesario que modifiquemos habitualmente nuestros extractos, priorizando los movimientos por sus fechas valor. El hecho de gestionar nuestro circulante de este modo, reducirá de manera notable los gastos financieros sin ninguna duda.

3) No colocación de excedentes de tesorería.
En ocasiones, debido a la incertidumbre existente, contamos con tesorería ociosa. Existen instrumentos de bajo riesgo y muy líquidos que nos permitirán rentabilizar esos excedentes. Es cierto que la rentabilidad obviamente será muy reducida, pero siempre será más interesante que no obtener nada por esos saldos inoperativos.

4) Falta de instrumentos financieros disponibles.
Ante la dificultad de gestionar nuestro circulante en esta época, se deben contar con todos los instrumentos financieros necesarios ante cualquier eventualidad. Quizás se pueda entender como costoso asumir gastos financieros por mantenimiento y administración de cuentas prácticamente inoperativas, pero el hecho de disponer de ellas, puede que en determinadas ocasiones nos facilite el cobro de algún cliente que pueda trabajar con esa misma entidad, por nombrar un ejemplo. Del mismo modo, siempre será interesante no jugarse todo a una carta y ampliar las posibilidades entre nuestro pool bancario, es decir, diversificar la operativa bancaria por si en algún momento, alguna entidad no nos permite renovar algún producto o nos solicita garantías adicionales que no nos conviene aportar.

5) Falta de recursos para la gestión.
La gestión de la tesorería implica una serie de procedimientos mediante los cuales, se busca reducir gastos financieros y aumentar al máximo la eficiencia en este sentido. De la operativa habitual de movimientos de fondos, se derivarán numerosos apuntes contables que se deberán conciliar a menudo. Afortunadamente, los sistemas actuales permiten conciliaciones automáticas con cierto grado de parametrización. Es muy aconsejable el estudio de estos productos, así como su implementación por el ahorro de la ingente cantidad de horas que supone procesos como la conciliación bancaria tradicional.

6) Falta de comunicación.
No solo debemos contar con un plan de pagos fiable y actualizado, sino que será necesario, que todos los departamentos involucrados, tengan una comunicación constante y concisa, que nos permitan además, contar con una previsión lo más exacta posible de los ingresos que vamos a recibir. Por ejemplo, siempre trataremos de compenetrarnos al máximo con el departamento comercial, para que nos nutra de toda la información referente a los cobros que recibiremos para poder integrarlos en nuestras previsiones periódicas. Dicho en otras palabras, trataremos de coordinar los departamentos para que la información fluya de la manera más eficaz posible.
En épocas anteriores, la gestión de la tesorería puede que no requiriese de la exactitud de hoy en día, pero actualmente, debemos adaptarnos a una situación extremadamente compleja, que nos obliga a afinar al máximo nuestras previsiones, la mejora de la comunicación y nuestra diligencia con el fin de reducir los correspondientes costes financieros, ofreciendo una imagen mucho más profesional al evitar devoluciones y descubiertos.
Se aconseja la utilización de los recursos actuales con el fin de automatizar al máximo los equilibrajes de cuentas, a pesar de que en muchos casos, la política para gestionar el circulante es algo muy subjetivo. Por ello, para potenciar la gestión tesorera, intentaremos aunar recursos que nos faciliten los procedimientos operativos, y la experiencia en gestión que nos permita adoptar las decisiones adecuadas en todas las situaciones que se puedan plantear.




sábado, 30 de noviembre de 2013

LA IMPORTANCIA DE LA TESORERÍA EN CUALQUIER EMPRESA

Como decía Juan Pérez-Carballo (Director del Master Financiero en ESIC)   “ es indudable que una gestión excelente de la Tesorería no asegura el éxito de la empresa, pero una gestión deficiente si puede provocar su fracaso”

La importancia de una buena gestión en Tesorería es tal, que incluso está por encima del beneficio o de las ventas de la empresa, por ejemplo, ésta puede tener muchas ventas pero si no gestiona bien sus cobros respecto de sus pagos, puede terminar fracasando.

En la época de crisis actual, no sobrevivirá la empresa más capitalizada o la que más ventas tenga, si no, la que mejor gestionada tenga su Tesorería.

Los tres principales objetivos del Tesorero son:

1.     Dar servicio a las operaciones de la empresa para contribuir a su rentabilidad,
2.     Proteger el margen del negocio,
3.     Incurrir en menores costes financieros y de gestión.

Podría enumerar múltiples funciones del Tesorero pero, en resumen, éste debe asegurar la estabilidad financiera de la empresa a C/P y a L/P, reducir los costes tanto operativos como financieros, gestionar el riesgo de las operaciones, debe anticiparse en Planificar cualquier proyecto empresarial y estudiar su viabilidad, gestionar adecuadamente los Períodos Medios de Cobro y de Pago, …

Cuantos proyectos son muy interesantes y viables desde un punto de vista de los márgenes comerciales  y han llevado a las empresas a una situación de fracaso por no haberse anticipado a realizar una correcta Planificación Financiera.

Una cuestión que hay que tener muy presente es que, no sólo las grandes empresas necesitan un Tesorero sino también empresas pequeñas de uno o dos trabajadores necesitan, aunque los empresarios piensen que a ellos no les hace falta, una buena Gestión de la Tesorería. Muchos empresarios se sorprenderían de los beneficios de dicha Gestión.

En estos tiempos y como tendencia futura, muchas entidades están optando por externalizar dicho servicio, y otros muchos dentro de la Administración. Están contratando a empresas cualificadas de Outsourcing  que les realicen dicha Gestión y Control y los están sustituyendo por personal fijo. Ello les está permitiendo; disponer de personal altamente cualificado a unos costes mucho más reducidos (disminución en Seguridad Social, posibles bajas, despidos, vacaciones, equipos informáticos, cursos de formación, ...)

Como la Tesorería es un centro de servicios y seguridad, también de beneficios,  toda empresa sea grande o pequeña debe contar con un tesorero experto, no en balde se juega su supervivencia.


En KOMPTA CONSULTORIA Y OUTSOURCING, independientemente de ser asesores integrales, le podemos proporcionar cualquier servicio dentro de la Administración de una empresa, entre ellas la función de Tesorería.

Infórmese sin ningún tipo de compromiso.

Modesto Romero
Gerente. 
Sagunto.