Recuerda que queda poco
tiempo para planificar!
¡No es tarde! Todavía estás a tiempo de ahorrar en la declaración de la renta. Hay
que tener claro que la mejor forma de pagar menos a Hacienda no es a través del
propio IRPF sino de la planificación fiscal.
Ahora que se acerca el cierre del ejercicio fiscal 2013 estamos
todavía a tiempo de tomar medidas para que el año que viene la factura del IRPF
no se excesiva, y no nos estamos refiriendo a aumentar las retenciones de IRPF
en la nómina para que después el resultado de la declaración sea a devolver.
Desde KOMPTA queremos
proponeros seis fórmulas para ahorrar en la DECLARACION DE LA RENTA
Planes de pensiones
Con la deducción por
adquisición por vivienda ´en fuera de juego’ para las compras realizadas
en 2013 es el momento de recurrir a otro de los clásicos: los planes de pensiones.
La fiscalidad de
los planes de pensiones los convierte en un
producto atractivo desde el punto de vista del IRPF, especialmente en lo
referente a las aportaciones. Y
es que estas dan derecho a
reducciones en la base imponible del IRPF, lo que a efectos prácticos
hace que paguemos menos impuestos. Sin embargo, existen una serie de límites a estas aportaciones en función
de la edad y los ingresos de cada persona. De forma general, cuanto más cerca
esté el momento de la jubilación mayores son las posibilidades de desgravar.
Los límites son los siguientes:
·
Menores de 50 años: podrán aportar la menor de las
cantidades entre 10.000 euros o el 30% de sus ingresos, entendidos como la suma
del salario y las inversiones que hubiesen realizado.
·
Mayores de 50 años: podrán aportar la menor de las
cantidades entre 12.500 euros o el 50% de sus ingresos, entendidos como la suma
del salario y las inversiones que hubiesen realizado.
La otra vertiente de ahorro
con los panes de pensiones llega en el momento del rescate. Conviene
recordar que es posible recuperar el dinero en forma de capital, con una
reducción del 40% para las rentas generadas antes de 2007, pero que ese dinero
se sumará a la base imponible de ese ejercicio, haciendo que aumente así el
tipo marginal al que se tributa.
Las aportaciones a favor del
cónyuge también desgravan siempre que los ingresos de este no
superen los 8.000 euros.
Compensar las ganancias con pérdidas
Si has sufrido pérdidas en tus inversiones en pasados ejercicios puedes
compensarlas con las ganancias que se obtengan en el presente ejercicio. Otra
alternativa en esta misma línea consiste en materializar
pérdidas de fondos de inversión, acciones u otros activos.
Estas se compensarán con las ganancias patrimoniales sin importar el periodo de
generación de las mismas.
La actual legislación permite
compensar pérdidas de ejercicios anteriores con durante los próximos cuatro
años. Eso sí, hay que tener en cuenta que con los últimos cambios legislativos
las operaciones a corto plazo están penalizadas. En concreto, las rentas en
bolsa que se generan en un periodo inferior a un año se integran en la base
general, sumándose a los rendimientos del trabajo en lugar de integrarse, como
hasta ahora, en la base general del ahorro.
PIAS, PPA y otros productos de ahorro
Varios productos de ahorro a largo plazo permiten
disfrutar de deducciones en la declaración de
la renta muy similares a los de los planes de pensiones. En el
caso de los Planes Individuales de Ahorro
Sistemático o PIAs, también dan lugar a reducciones en la
base imponible de IRPF con un límite de 8.000 euros a las aportaciones.
Hay que recordar que el total
de primas acumuladas en estos contratos no podrá superar los 240.000 euros por
contribuyente.
Por su parte, los Planes de Previsión Asegurados o
PPA están sujetos a las mismas ventajas ya explicadas en
para los planes de pensiones.
Donaciones
Otra fórmula para reducir la factura fiscal son las
donaciones, que forman parte de las deducciones actuales del IRPF. El porcentaje varía en función del tipo de donación y
oscila entre el 10% y el 30% de las aportaciones a entidades sin ánimo de
lucro, actividades de mecenazgo y otras donaciones comtempladas por la ley.
El porcentaje concreto
dependerá del tipo de institución y la actividad a la que se dedique. Este
porcentaje se aplicará tanto sobre las cuotas que se pagan como socio como
sobre las aportaciones extraordinarias e incluso las aportaciones no
dinerarias.
En cualquier caso, la deducción nunca podrá superar el 10% de la
base liquidable general y del 15% sólo para determinadas actividades y
programas prioritarios de mecenazgo.
Ganar menos
Por muy contradictorio que pueda parecer, lo cierto es que ganar menos puede ahorrarnos dinero en la declaración de la renta.
En el fondo no es diferente de lo que ocurre con las retenciones de IRPF y el
manido dicho de que un aumento de sueldo puede suponer cobrar efectivamente
menos mes a mes.
Para evitar que nos suceda esto, nada mejor que realizar una simulación del resultado de la renta para calcular nuestro
tipo marginal y
saber en qué escala de IRPF nos encontramos. Estas son las tablas vigentes:
Aunque no se aplican directamente, un simple vistazo a las
mismas sirve para darse cuenta de la diferencia de tributar en uno u otro tramo
así que en este caso ganar menos sí puede significar tener más dinero a final
de año.
Y, por supuesto, tampoco hay que olvidarse de las deducciones
autonómicas, que varían en cada región y pueden servir para abaratar aún más la
factura fiscal.
Deducciones autonómicas
Aunque cada Comunidad Autónoma
tiene las suyas, siempre hay que acordarse de estudiar las de nuestra comunidad
por si se nos acopla alguna, sobre todo, nacimientos de hijos, hipotecas y guarderías que son las más habituales.
Así que ya sabes, no te duermas en los laureles que nos queda poco tiempo para que nuestra factura fiscal se reduzca.
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